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Según la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), es posible que se estén presentando violaciones al Régimen de Protección a los Usuarios por presuntamente limitar el derecho de elegir libremente el operador de su preferencia a través de la portabilidad numérica.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia, anunció la apertura de una investigación a las empresas prestadoras de servicios de telefonía móvil Comunicación Celular (Comcel) y Colombia Telecomunicaciones (Movistar).

Explica la entidad de control que las indagaciones preliminares dieron muestra de que es posible que se estén presentando violaciones al Régimen de Protección a los Usuarios por presuntamente limitar el derecho de elegir libremente el operador de su preferencia a través de la portabilidad numérica.

Movistar y Comcel probablemente estarían activado y cobrando a sus usuarios un producto, sin su autorización o aceptación previa y expresa, dice el informe de prensa.

La Superintendencia de Industria y Comercio sostiene que los productos denominados por Movistar “Mejor Juntos” y “Bonos de Fidelización” y por Comcel, “Datos Plus”, estarían siendo activados y cobrados por tales operadores, vulnerando con ello el derecho que les asiste de elegir libremente su proveedor, planes y servicios de telecomunicaciones.

Esta conducta atentaría contra los derechos de los usuarios pues en los contratos de servicios de comunicaciones debe haber aceptación expresa de cualquier modificación, dice el informe de prensa.

Reitera la Superintendencia de Industria y Comercio que la investigación contra estos proveedores de servicios de comunicaciones se inicia a raíz de las diferentes quejas de usuarios y otros proveedores del mercado, quienes han alegado que las solicitudes de portabilidad están siendo rechazadas, razón por la cual se están formulando cuatro cargos en las respectivas investigaciones.

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Reitera la entidad de control que las empresas desconocen el derecho que les asiste a los usuarios de recibir información clara, cierta, veraz, oportuna y completa para tomar decisiones respecto del servicio ofrecido o activado. Modifican las condiciones acordadas previamente con los usuarios, imponiendo y cobrando servicios que presuntamente no fueron aceptados expresamente.

También desconocen el derecho que les asiste a los usuarios de recibir copia del contrato de prestación de servicios de comunicaciones ajustado, durante el período de facturación siguiente a aquel en que se efectuó la modificación del plan inicialmente contratado por parte del proveedor.

Diseñan e implementan estrategias comerciales, promociones y ofertas que tienen como efecto impedir que los usuarios elijan libremente su proveedor de servicios, lo que a la postre generaría una permanencia en el uso del servicio prestado con el operador.

Destaca el informe de la entidad de control que, al margen de la apertura de investigación, les fueron impuestas a Movistar y Comcel una serie de medidas administrativas de carácter inmediato y permanente, encaminadas a no limitar a sus usuarios en la libre elección de proveedor, la conservación de su línea y la activación sin autorización previa y comprobable de los productos mencionados.

Movistar y Comcel podrían someterse a multas de hasta de 15 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes según lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1341 del 2009, en caso de demostrarse que incurrieron en las conductas descritas, señala el informe.